| A. |
Agrupar a los abogados y agentes que ejercen la gestión para el
reconocimiento de Derechos de Propiedad Industrial de Terceros a fin de
tener una representación formal en conjunto ante los Poderes Públicos
y Autoridades Nacionales, así como ante otras Asociaciones y Personas
Naturales o Jurídicas de Derecho Privadol. |
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| B. |
Establecer normas de ética y prácticas profesionales apropiadas
para sus asociados, vigilando su cumplimiento y aplicando las sanciones
que el Reglamento respectivo contemple |
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| C. |
Ejercer la representación de los profesionales, abogados y agentes
ante las Asociaciones privadas internacionales de la Propiedad Industrial
mediante sus grupos nacionales y colaborar con el gobierno peruano en
la representación ante los organismos internacionales oficiales
y en conferencias internacionales. |
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| D. |
Proponer
o auspiciar el perfeccionamiento de la legislación y uniformidad
de la Jurisprudencia Administrativa en cuestiones de Propiedad Industrial
y de la lucha contra la Competencia Desleal. |
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| E. |
Colaborar
con las autoridades nacionales encargadas de la administración
del régimen de Propiedad Industrial para una mejor y más
eficiente organización de sus oficinas, prestación de servicios
y cumplimiento de sus funciones, así como para la formación
de una Jurisprudencia Administrativa coherente, fundada en las leyes y
Reglamentos y en la doctrina sobre la materia |
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| F. |
Fomentar o realizar por su cuenta la publicación de estudios, monografías,
tesis, revistas o libros sobre Propiedad Industrial Peruana y promover
seminarios, conferencias o charlas sobre la materia. |
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| G. |
Actuar
como árbitro, cuando le sea solicitado por todas las partes interesadas,
en las cuestiones que se promuevan entre los miembros o entre éstos
y sus clientes, así como dar opiniones en puntos concretos que
le sean sometidos. Estas dos funciones serán ejercidas por la Junta
Directiva. |
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| H. |
Constituir los grupos nacionales correspondientes a las Asociaciones Internacionales
de Propiedad Industrial en base a los miembros que deseen pertenecer a
ellas y se organicen al efecto. |
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